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¿Te ha enviado una carta el Banco? – Have you received a letter from your bank?

Feb 7, 2016 | AEAT, FATCA, FBAR | 0 comments

Los bancos españoles se están poniendo en contacto por carta con algunos clientes, con el objeto de cumplir el acuerdo internacional firmado el 14 de mayo de 2013 entre el Reino de España y los Estados Unidos de América, para la mejora del cumplimiento fiscal internacional y la implementación de la FATCA (Foreing Account Tax Compliance Act), Ley de cumplimiento tributario de cuentas extranjeras, recogido a su vez en la Orden Ministerial HAP/1136/2014 de 30 de junio, que regula determinadas cuestiones relacionadas con la obligación de información para la mejora del cumplimento fiscal internacional.

Como consecuencia de esta Orden Ministerial y por primera vez, durante los tres primeros meses de 2015, algunas instituciones financieras estuvieron obligadas a presentar el modelo 290 de Declaración informativa anual de cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses. El modelo 290 tiene por objeto informar sobre determinadas cuentas financieras cuyos titulares son personas o entidades estadounidenses y, en determinados supuestos, sobre cuentas financieras cuyos titulares son entidades pasivas no estadounidenses si quienes ejercen el control sobre dichas entidades tienen su residencia fiscal en los Estados Unidos de América u ostentan la ciudadanía de dicho Estado.

Si has recibido una carta de tu banco español en este sentido, es porque sus sistemas muestran que podrías estar afectado por esta normativa, por constarles que tienes residencia fiscal o eres ciudadano de Estados Unidos o porque tienes la tarjeta de residencia permanente (Green Card), entre otras cosas.

Con la intención de cumplir con el acuerdo y a orden ministerial, los bancos no tienen más remedio que identificar las cuentas de estadounidenses, y pedirles a sus titulares que les faciliten ciertos datos, rellenando el W9 del IRS, o un documento similar en español, bajo la amenaza de que si no se aporta dicho documento procederán al bloqueo de sus cuentas. Por supuesto, el banco culparía al titular de las cuentas si los datos que ellos mantienen en sus sistemas fueran incorrectos, por no haberles informado de la forma apropiada.

Por lo tanto no quedan muchas más opciones que rellenar el impreso que te envía el banco español, que suele indicar que sustituye al W9, y enviárselo dentro del plazo que ellos ponen.

Si necesitas más informacion, no dudes en ponerte en contacto con nosotros o escribir aquí mismo: en el blog

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